Control jurisdiccional a sanciones disciplinarias no admite restricciones: Consejo de Estado (12:00 p.m.)
27 de Marzo de 2014
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Nota:
95726
El Consejo de Estado reiteró que el control jurisdiccional que ejerce ante las sanciones disciplinarias es pleno e integral. Nuevamente, le reprochó a la Procuraduría que continúe aludiendo a la tarea de la Sección Segunda como una actuación meramente formal. La sala trajo a colación varios de los apartes de la Sentencia 10852010 del 2013, en la cual señaló que el Ministerio Público no ejerce una función omnímoda no sujeta a controles, debido a que su competencia es administrativa y debe estar sujeta a un control jurisdiccional que, en materia disciplinaria, es desarrollado por el juez contencioso. En el caso concreto la corporación no accedió a las pretensiones del actor (M. P. Gustavo Gómez).
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