Consulta previaEsta es la sentencia que declaró constitucionales las reglas de creación de zonas de reserva campesina (4:14 p.m.)
13 de Agosto de 2014
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Nota:
62343
La Corte Constitucional publicó la sentencia que declaró exequibles los artículos 79, 80, 81 y 84 de la Ley 160 de 1994, sobre la creación de zonas de reserva campesina. En su opinión, las implicaciones de crear este tipo de zonas y su configuración pueden limitar prerrogativas asociadas al derecho al territorio, como usar los recursos naturales o determinar un modelo de desarrollo en la región correspondiente; por lo tanto, debe examinarse si en el área en la que se pretende constituir hay presencia de pueblos indígenas y tribales, caso en el cual deberá garantizarse el derecho a la consulta previa. Según la Corte, el concepto de territorio se debe entender como “hábitat de las regiones que ocupan o utilizan los pueblos indígenas o tribales de alguna otra manera”, de acuerdo con el Convenio 169 de la OIT. María Victoria Calle, Luis Ernesto Vargas y Alberto Rojas presentaron aclaraciones de voto (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).
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