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Personas con cáncer serán reconocidas como sujetos de especial protección constitucional

18 de Abril de 2024

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Nota:
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Las plenarias de la Cámara y del Senado aprobaron el informe de conciliación del proyecto de ley 031/22S-160/23C, mediante el cual se reconocen como sujetos de especial protección constitucional a las personas diagnosticadas con cáncer.

“Esta nueva ley introduce importantes disposiciones para mejorar la atención a los pacientes con cáncer en Colombia. En primer lugar, define el concepto de paciente con sospecha de cáncer; reconoce a estos pacientes, así como a aquellos diagnosticados con cáncer, como sujetos de especial protección constitucional, en línea con los lineamientos establecidos por la Corte Constitucional”, explicó el senador Fabián Díaz, ponente de la iniciativa en el Senado.

Uno de los aspectos fundamentales es la priorización de los pacientes con sospecha o diagnóstico de cáncer en el acceso a pruebas diagnósticas, teniendo en cuenta diversos criterios como antecedentes familiares, exámenes médicos y estudios clínicos y paraclínicos.

La iniciativa también aborda un aspecto crucial al incluir la atención a los familiares cuidadores de los pacientes con cáncer. “Estos cuidadores recibirán un apoyo integral que incluirá acompañamiento sicológico y médico. Este paso es esencial para que los cuidadores puedan enfrentar la difícil tarea de acompañar a sus seres queridos afectados por esta enfermedad que lamentablemente afecta a todo el país”, comentó el representante Juan Felipe Corzo, ponente del proyecto en la Cámara.

En consonancia con los avances tecnológicos, la ley también fomenta el uso de tecnologías de la información y la comunicación para la atención médica a distancia y facilita las visitas temporales de especialistas en regiones alejadas, asegurando así un acceso equitativo a la atención médica especializada.

El representante Hugo Archila, coordinador ponente del proyecto en la Cámara, resaltó la importancia de ampliar el enfoque no solo a las personas ya diagnosticadas con cáncer, sino también a aquellos con sospechas, ya sean identificadas durante el examen físico o debido a antecedentes familiares. Este enfoque busca garantizar las mismas garantías y atención a todos los afectados por esta enfermedad.

Por último, se establece que el Gobierno Nacional deberá actualizar las guías de práctica clínica en un plazo máximo de seis meses después de la entrada en vigencia de la ley, pues reflejan una desactualización cercana a 10 años. “Esto es relevante en tanto el estándar internacional indica que estos documentos deben ser actualizados cada tres años. Ahora bien, frente a la aplicación para la prevención del cáncer, las guías introducen lineamientos de tamización para fortalecer el diagnóstico oportuno y además, estrategias de seguimiento y manejo de la población con cáncer. Es por esto que resulta tan importante que estas guías se mantengan al día, de acuerdo con las necesidades de la población”, finalizó el senador Díaz.

Los congresistas celebraron la aprobación de esta ley y aseguraron que representa un paso significativo en la lucha contra el cáncer en Colombia, ya que brinda un marco legal sólido y medidas concretas para mejorar la atención y protección de los pacientes. El texto pasará a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, donde será revisado antes de su sanción presidencial.

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