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Mayores de 14 años pueden practicarse cirugías estéticas

05 de Mayo de 2017

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Los adolescentes mayores de 14 años que tengan la capacidad evolutiva para participar con quienes tienen la patria potestad en la decisión acerca de los riesgos que se asumen con los procedimientos médicos y quirúrgicos estéticos pueden someterse a este tipo de intervenciones.

 

Así quedó modulada la prohibición consagrada en el artículo 3° de la ley que prohibió los procedimientos médicos y quirúrgicos estéticos para menores de edad, luego de que la Corte Constitucional encontrara que, si bien era exequible, violaba el derecho de los menores entre los 14 y 18 años de edad al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad.

 

Según el comunicado de prensa en donde se informó la decisión, la corporación realizó un test de proporcionalidad y razonabilidad estricto, a fin de verificar si la disposición revisada respetaba el margen de configuración del legislador para limitar derechos fundamentales.

 

Como resultado encontró que la norma establecía una prohibición dirigida a restringir, principalmente, las cirugías de senos, glúteos, liposucciones y lipoesculturas, procedimientos que, en su mayoría, se realizan las mujeres. (Lea: Prohibición de cirugías estéticas a menores de 18 años sería inconstitucional)

 

Por consiguiente, calificó la medida de “paternalista de género”, pues, a su juicio, buscaba imponer a las personas un modelo de vida específico a partir de consideraciones acerca de lo bueno y lo malo, lo cual, en general, está proscrito por los parámetros constitucionales, inclusive en los casos en que la conducta supone un riesgo para la salud.

 

Para la Corte, la edad de 14 años constituye el momento en el cual el Derecho ha reconocido la posibilidad de asumir ciertas obligaciones y responsabilidades en la sociedad, como, por ejemplo, el matrimonio.

 

Sumado a ello, aseguró que la prohibición desconocía el derecho de los padres a ejercer el consentimiento sustituto en el marco de la responsabilidad parental y en contravía de la intimidad familiar.

 

Campañas de promoción

 

En ese mismo pronunciamiento se declaró la exequibilidad de los incisos 2° y 3° del artículo 5°, que prohíbe el uso de modelos menores de edad en campañas de promoción de cirugías y procedimientos estéticos, consultorios y clínicas de cirugía estética.

 

De acuerdo con el pronunciamiento, esta limitación es razonable, en tanto no viola los derechos a la igualdad y al trabajo.

 

Lo anterior aun cuando la medida genera una distinción en un grupo comparable: los menores de edad entre 15 y 18 años que trabajan como modelos de campañas estéticas y los que tienen empleos diferentes, porque la intención de desincentivar una conducta socialmente indeseada busca un fin que no está constitucionalmente prohibido (M. P. Gloria Stella Ortiz).

 

Corte Constitucional, Comunicado Sentencia C-246, Abr. 26/17

 

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