General
La salud incluye aspectos síquicos, emocionales y sociales: Corte Constitucional
30 de Septiembre de 2014
El concepto integral de salud no solo incluye aspectos físicos, sino también psíquicos, emocionales y sociales, porque todos contribuyen a configurar una vida de calidad e inciden fuertemente en el desarrollo del ser humano, reiteró la Corte Constitucional, en la Sentencia T-381 del 2014.
La corporación tuteló los derechos fundamentales a la dignidad humana, la salud, el desarrollo de la personalidad y la seguridad social de una mujer a la que su médico tratante le prescribió una cirugía reparadora de seno, incluida en el Plan Obligatorio de Salud, que fue negada por una EPS.
El fallo recuerda que las EPS deben practicar las intervenciones quirúrgicas que modifican el tamaño de los senos con propósitos reconstructivos o funcionales, cuando el médico tratante las prescribe, con el objetivo de recuperar la apariencia normal del paciente.
Esa obligación se reafirma en cuanto tales trastornos de salud generan afectaciones sicológicas y estados depresivos que requieren asistencia sicológica, añadió el alto tribunal.
(Corte Constitucional, Sentencia T-381, jun. 13/14, M. P. Jorge Ignacio Pretelt)
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