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IMPORTANTE: Cae ley que aprobaba Tratado internacional sobre comercio de armas
21 de Febrero de 2017
Un comunicado reciente de la Corte Constitucional informó la declaratoria de inexequibilidad de la Ley 1782 del 2016, en la cual se aprobó el Tratado internacional sobre comercio de armas, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) y suscrito en Nueva York (EE UU) hace casi cuatro años.
Se debe precisar que el fin del tratado es establecer normas internacionales comunes para regular o mejorar la regulación del comercio internacional de armas convencionales y prevenir y eliminar su tráfico ilícito, con el fin de contribuir a la paz, la seguridad y la estabilidad en los ámbitos regional e internacional. (Lea: ONU aprueba tratado internacional sobre comercio de armas)
Examinado el proceso de formación de la Ley 1782, la Sala constató que no se acreditaron todos los requisitos propios del trámite de las leyes que aprueban un tratado internacional y aseguró que el vicio de procedimiento que se configura es de carácter insubsanable.
Esto porque en el momento de llevarse a cabo la votación del informe de ponencia para segundo debate ni del acta de sesión ni de la certificación respectiva es posible acreditar las exigencias constitucionales de quorum decisorio y de la aprobación por mayoría simple.
“Como la irregularidad tuvo lugar en una etapa estructural del proceso legislativo y afecta la conformación democrática de la voluntad parlamentaria del Senado, esto hace que se configure un vicio inconstitucionalidad que es insubsanable”, concluye el comunicado del fallo.
El magistrado Luis Guillermo Guerrero se apartó de la decisión mayoritaria y su colega Aquiles Arrieta se reservó la presentación eventual de una aclaración de voto (M.P. Luis Ernesto Vargas).
Corte Constitucional, Comunicado Sentencia C-047, Feb. 1/17
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