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Gobierno promulga la reforma constitucional a las regalías

19 de Julio de 2011

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Nota:
28339

El Presidente de la República, Juan Manuel Santos, promulgó el Acto Legislativo 05 del 2011, que modifica los artículos 360 y 361 de la Constitución, con el fin de redistribuir las regalías a todas las regiones del país.

 

Según la reforma, los ingresos del Sistema General de Regalías (SGR) se destinarán, principalmente, al financiamiento de proyectos para el desarrollo social, económico y ambiental; al ahorro para el pasivo pensional; a inversiones en ciencia, tecnología e innovación; a educación y al ahorro público.

 

Los departamentos, municipios y distritos en cuyo territorio se adelanten explotaciones de recursos naturales no renovables, así como los municipios y distritos con puertos marítimos y fluviales por donde se transporten dichos recursos, tendrán derecho a participar de las regalías y compensaciones y a ejecutar directamente estos recursos.

 

Nuevos fondos

Para cumplir con los objetivos del SGR, se crean los Fondos de Ciencia, Tecnología e Innovación; de Desarrollo Regional; de Compensación Regional, y de Ahorro y Estabilización. Además, continúa vigente el Fondo para el Ahorro Pensional Territorial.

 

Los ingresos del SGR se distribuirán de la siguiente manera: un 10%, para el Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación; un 10%, para ahorro pensional territorial, y hasta el 30%, para el Fondo de Ahorro y Estabilización.

 

De los recursos restantes, el 20% se dirigirá a las regalías directas y el 80%, a los Fondos de Compensación Regional y de Desarrollo Regional.

 

La reforma advierte que hasta el 2% de los recursos del SGR se destinarán a la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos y al conocimiento y la cartografía geológica del subsuelo, lo que permitirá conocer sobre qué producción se pagan regalías.

 

Los recursos del Fondo de Compensación Regional, por su parte, fortalecerán la financiación de proyectos de impacto regional o local en los territorios más pobres del país, de acuerdo con los índices de necesidades básicas insatisfechas, población y desempleo. Las zonas costeras, fronterizas y de periferia tendrán prioridad en la asignación de estos recursos.

 

El Fondo de Ahorro y Estabilización y sus rendimientos serán administrados por el Banco de la República. En los periodos de “desahorro”, la distribución de estos recursos entre los demás componentes del SGR se regirá por los criterios que defina la ley.

 

Los recursos del SGR no harán parte del Presupuesto General de la Nación ni del Sistema General de Participaciones. Por lo tanto, cada dos años, el Congreso de la República expedirá el presupuesto del SGR.

 

Órganos de administración

En general, la ejecución de los recursos de los fondos de inversión será definida por un órgano colegiado de administración y decisión, en el que tendrán asiento ministros del Gobierno, un representante de Planeación Nacional, los gobernadores y un número representativo de alcaldes.

 

En todo caso, la representación de las entidades territoriales en los órganos colegiados será mayoritaria, en relación con la del Ejecutivo.

 

En tres meses, contados desde el pasado 18 de julio, el Gobierno deberá radicar ante el Congreso el proyecto de ley que ajuste el régimen de regalías a la reforma constitucional.

 

El SGR entrará a regir el 1º de enero del 2012. Si para esta fecha no ha entrado en vigencia la ley reglamentaria, el Gobierno garantizará la operación del sistema, mediante decretos transitorios con fuerza de ley, que expedirá, a más tardar, el 31 de diciembre del 2011.

 

(Fuente: Ministerio de Hacienda y Crédito Público)

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