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Excluyentes de responsabilidad por violaciones a DD HH son inadmisibles: CIDH
03 de Octubre de 2013
Las disposiciones de cualquier naturaleza que impidan la investigación y sanción de los responsables de graves violaciones a los derechos humanos (DD HH) son incompatibles con las obligaciones internacionales de los Estados en esta materia, advirtió la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Por ello, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha reiterado que son inadmisibles la amnistía, la prescripción y los excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de delitos como la tortura; las ejecuciones sumarias, extralegales o arbitrarias, y las desapariciones forzadas.
Con base en estas consideraciones, la CIDH señaló que El Salvador debe asegurar que la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz no es un obstáculo para investigar las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado, ni para identificar, juzgar y sancionar a los responsables.
Durante el conflicto armado en El Salvador, aproximadamente 75.000 personas fueron asesinadas y 8.000 fueron víctimas de desaparición forzada, entre ellos, miles de niños, recordó el organismo internacional.
Tanto la CIDH como la Corte IDH han pedido dejar sin efecto la Ley de Amnistía General, en cuanto impide la investigación, juzgamiento y sanción de los responsables y los derechos de las víctimas a la verdad, justicia y reparación.
Consulte aquí la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz de El Salvador
(Corte Interamericana de Derechos Humanos, comunicado 72, oct.2/13)
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