General
El aborto en Colombia: avances y retos pendientes
10 de Mayo de 2016
María Alejandra Cárdenas (directora legal regional de Women’s Link Worldwide)
Cristina Rosero Arteaga (abogada de Women’s Link Worldwide)
Hoy 10 de mayo se celebran 10 años de la Sentencia C-355/06, mediante la cual la Corte Constitucional reconoció el derecho de las mujeres y niñas colombianas a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en tres causales: cuando exista un riesgo para la vida o la salud, tanto física como mental de la gestante; cuando el feto presente graves malformaciones incompatibles con la vida extrauterina o cuando el embarazo sea resultado de violación o incesto.
Esta década nos ha traído además otros importantes avances legales en el tema. La Corte Constitucional ha impartido múltiples órdenes para que el derecho al aborto legal sea efectivo, al notar que, en la práctica, las mujeres y niñas enfrentan muchos obstáculos que les imponen las entidades prestadoras de salud (EPS) y el personal de salud cuando solicitan el procedimiento.
Por ejemplo, aunque la Corte ha sido clara en que sólo puede exigirse un único requisito por causal: un certificado médico o psicológico en los casos de riesgo para la salud, un certificado médico en la causal de malformaciones incompatibles con la vida extrauterina y la presentación de una denuncia penal en los casos de violación o incesto, aún es común que se soliciten requisitos adicionales como la realización de juntas médicas, la autorización de familiares, asesores jurídicos, auditores o la presentación de órdenes judiciales[1]. La Corte Constitucional prohibió expresamente este tipo de prácticas ilegales. También prohibió el uso indebido de la objeción de conciencia, tal como su realización de forma colectiva o institucional, alegarla aunque no se esté directamente involucrado en el procedimiento o ejercerla incumpliendo el deber de remitir en un término expedito a la mujer o niña a otro profesional no objetor que lo realice[2].
La Corte Constitucional ha ordenado que el acceso a la IVE esté disponible en todo el territorio nacional, en todos los niveles de complejidad, de manera oportuna y con calidad para todas las mujeres. Estas garantías deben cumplirse en todas las etapas: debe proveerse la información que la gestante requiera para decidir –incluida una valoración integral que comprenda los posibles riesgos para la salud mental[3]–, debe realizarse el procedimiento oportunamente sin estigmatizar ni hacer juicios en contra de la mujer y debe garantizarse una atención post aborto adecuada, que contemple el acceso a métodos anticonceptivos y seguimiento posterior.
Sin embargo, los avances legales en el tema –incluyendo el reconocimiento mismo del aborto como derecho fundamental– no hubiesen sido posibles de no ser por un esfuerzo importante para que el debate público en el tema muestre a los magistrados de la Corte Constitucional, a los periodistas y a la opinión pública la realidad de las mujeres. Hace 11 años el tema era visto únicamente desde una óptica religiosa o moral, de criminalización y señalamiento contra las mujeres. Sin embargo, el movimiento de mujeres logró evidenciar las altas cifras de mortalidad de mujeres y niñas asociadas a abortos clandestinos, demostrando que el aborto es un asunto de salud pública. El movimiento también le dio voz a aquellas mujeres cuyas vidas, dignidad e integridad estaban en peligro por la total penalización del aborto, mostrando cómo más allá de los tabúes y estigmatizaciones, este era un asunto de derechos humanos.
Desde entonces, el debate público sobre el aborto ha evolucionado en el lenguaje y en los argumentos. En la actualidad, no se discute la legitimidad de las causales ya establecidas, se están empezando a dejar de lado las especulaciones sobre el tema y a comprender que se trata de un derecho fundamental. Incluso, de forma reciente, la Fiscalía General de la Nación expidió una directiva que ordena a los fiscales cumplir a cabalidad con el marco jurídico que protege la interrupción voluntaria del embarazo, de tal forma que no se criminalice a las mujeres que están ejerciendo un derecho. (Lea: INFORME: Las ocho directivas que dejó Montealegre)
Sin duda, la Sentencia C-355 trascendió los tribunales y generó un verdadero cambio social. Ello es innegable si pensamos en los proyectos de vida de las mujeres y niñas que se han salvado porque han podido acceder a una interrupción voluntaria de su embarazo, así como si atendemos al cambio radical de la opinión pública y su percepción sobre el tema, cada vez más alejada de dicotomías morales y más cercana en cambio de una visión que respeta la humanidad de las mujeres. (Lea: Fiscalía pide despenalización total del aborto hasta el sexto mes de gestación)
Pero no todo el panorama es alentador, pues aunque los avances son importantes, aún las mujeres y niñas, en especial aquellas que viven fuera de los principales centros urbanos del país, no tienen un acceso efectivo a la información sobre el aborto legal y, en consecuencia, no pueden exigirlo a sus EPS. Así mismo, en muchas ocasiones, aunque las gestantes se encuentren informadas sobre sus derechos y su caso se enmarque dentro de las causales, los obstáculos que se les imponen son tantos y tan reiterados que se ven forzadas a acudir a lugares inseguros para interrumpir su embarazo poniendo en riesgo su salud y su vida. Los señalamientos, maltratos y prejuicios contra las mujeres y niñas que legítimamente acuden a solicitar la IVE siguen siendo el pan de cada día, tal como puede evidenciarlo la experiencia de las organizaciones de sociedad civil que trabajamos por la implementación de la sentencia. (Lea: Abortos forzados y prohibidos: dos caras de una misma moneda)
Es momento de celebrar 10 años de avances legales y avances en el debate público sobre el aborto, pero no podremos considerar que la labor esté cumplida hasta que el acceso efectivo a la IVE, oportuna, sin prejuicios y en condiciones de calidad sea una realidad para todas las mujeres y niñas en Colombia, en especial aquellas que enfrentan múltiples inequidades. Es perentorio que las entidades y profesionales de la salud atiendan cabalmente sus obligaciones frente al derecho fundamental a la IVE. También que las autoridades estatales cumplan con su papel de divulgar la sentencia , vigilen y controlen el acatamiento del marco que protege el aborto legal y diseñen y ejecuten políticas públicas que contemplen el aborto como una realidad estrechamente relacionada con otros temas, como la educación para la sexualidad, la prevención del embarazo adolescente, la adopción, el derecho a la información sobre derechos sexuales y reproductivos, el acceso efectivo a métodos anticonceptivos y la prevención de la violencia sexual.
Ojalá podamos seguir celebrando más logros en cada aniversario de la Sentencia C-355, pero mejor aún, ojalá algún día podamos celebrar que en nuestro país ninguna niña o mujer más fallezca por un aborto inseguro. (Lea: Instan al Congreso a establecer viabilidad de limitar tiempo para realizar la IVE)
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