General
Discernir sobre autenticidad de documentos escapa a la órbita del juez de tutela
18 de Octubre de 2016
Así lo concluyó la Corte Suprema de Justicia luego de recordar que la eventual procedencia de la acción de tutela contra sentencias judiciales y otras providencias que pongan fin a un proceso tiene connotación de excepcionalísima, lo cual significa que procede siempre y cuando se cumplan unos determinados requisitos muy estrictos que la jurisprudencia se ha encargado de especificar.
De acuerdo con lo anterior, la Sala dijo que discernir sobre la autenticidad y veracidad de los documentos en los cuales se centra el cumplimiento de un fallo de tutela es un asunto que escapa a la órbita del juez de tutela, al requerir un amplio debate probatorio que contradice las características residuales del mecanismo de amparo.
Finalmente, agregó que bien puede el accionante acudir a la justicia penal para que “sea dicha jurisdicción, a través de un estudio pormenorizado, detallado y amplio la que determine si se presentó una actuación fraudulenta en los mecanismos de convicción” (M. P. José Francisco Acuña).
Corte Suprema de Justicia Sala Penal, Sentencia STP-90312016 (86357), 06/25/16
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