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Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

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ATENCIÓN: Lista reforma al reparto de tutelas

01 de Diciembre de 2017

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Con el fin de racionalizar o desconcentrar el conocimiento de las acciones de tutela, el Ministerio de Justicia acaba de expedir un decreto para ajustar las reglas de reparto de las solicitudes de amparo presentadas contra las autoridades públicas y los particulares. (Lea: Santos anuncia reforma al reparto de tutelas)

 

Vale la pena recordar que esta reforma la había anunciado el presidente Juan Manuel Santos para “quitar del conocimiento de las altas cortes las tutelas dirigidas contra autoridades del orden nacional”.

 

Algunos de los cambio contemplados en la nueva norma, son:

 

·        Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden departamental, distrital o municipal y contra particulares serán repartidas para su conocimiento, en primera instancia, a los jueces municipales. (Lea: En reparto de tutela deben prima informalidad, sumariedad y celeridad)

 

·         Las del orden nacional serán repartidas para su conocimiento en primera instancia a los jueces del circuito o con igual categoría.

 

·         Los mecanismos de protección dirigidos contra actuaciones del Presidente de la República, Contralor, Procurador, Fiscalía, Registrador, Defensor del Pueblo, Auditor General de la República, Contralor General y del Consejo Nacional Electoral serán repartidos para su conocimiento en primera instancia a los tribunales superiores de distrito judicial o a los tribunales administrativos. (Lea: Juez de tutela sí puede declararse incompetente o decretar nulidades por falta de competencia)

 

·         Los amparos dirigidos contra las actuaciones de los fiscales y procuradores serán entregados en primera instancia al respectivo superior funcional de la autoridad judicial ante la cual se presenta. Para el caso de fiscales que intervienen ante tribunales y altas cortes, conocerán en primera instancia, y a prevención, los tribunales superiores de distrito judicial o las salas disciplinarias de los consejos secciones de la judicatura.

 

·         Las acciones dirigidas contra los jueces o tribunales serán repartidas en primera instancia al respectivo superior funcional de la autoridad jurisdiccional accionada.

 

La norma advierte que estas reglas aplicarán a las solicitudes de tutela que se presenten con posterioridad al 30 de noviembre.

 

Minjusticia, Decreto 1983, Nov. 30/17

 

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