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Actualizado hace 19 hours | ISSN: 2805-6396

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Alberto Rojas Ríos, pereirano y externadista, nuevo presidente de la Corte Constitucional

05 de Febrero de 2020

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La Sala Plena de la Corte Constitucional eligió a sus dignatarios para el periodo 2020. Como presidente de la corporación eligió al magistrado Alberto Rojas Ríos, procedente del eje cafetero, quien remplaza en este cargo a la magistrada Gloria Ortiz.

 

Rojas Ríos es abogado de la Universidad Externado de Colombia, candidato a Doctor por la Universitat de València (España), con Maestría de Derechos Humanos, Democracia de Drets Humans de la misma universidad. (Lea: Álvaro Namén, nuevo presidente del Consejo de Estado para el 2020)

 

Cuenta con especializaciones en Derecho Procesal, Derecho Administrativo y Derecho Constitucional. Ha prestado sus servicios a la academia como profesor titular de la Universidad Externado de Colombia, miembro de los institutos Colombiano e Iberoamericano de Derecho Procesal y de la Academia Colombiana de Jurisprudencia.

 

En cuanto a su experiencia profesional, ha sido Procurador Delegado para asuntos civiles ante la Corte Suprema de Justicia, cargo en el que se dedicó especialmente a la defensa del orden jurídico y los derechos fundamentales, así como a la recuperación de bienes de uso público. Fue igualmente Procurador y Viceprocurador General de la Nación encargado y consultor y asesor de diversos programas de Naciones Unidas. También fue conjuez de la Corte de la cual hace ahora parte.

 

En sus ponencias se ha caracterizado por sus posiciones en defensa de las garantías constitucionales de las minorías, de las poblaciones vulnerables, la protección del medio ambiente y de los animales, posiciones que le han merecido importantes reconocimientos, entre ellos:

 

  1. La Fundación Internacional Womens Link Worldwide nominó al Premio Mallete del año 2014 la Sentencia T-815 del 2013, en la que se estableció que los derechos sexuales y reproductivos de las personas privadas de la libertad deben ser protegidos.

     
  2. El último reconocimiento le fue otorgado por la Corporación Excelencia en la Justicia, que premió como la mejor sentencia de la Corte Constitucional en el 2019, por su destacado impacto nacional, la C-028, que declaró la inconstitucionalidad de la norma que otorgaba un trato jurídico diferenciado e injustificado a las trabajadoras domésticas (el trabajo que sostiene la vida).

 

Vicepresidente

 

La Sala también eligió como su vicepresidente al magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo, abogado de la Universidad Libre, especialista y magíster en Derecho Administrativo, con más de 35 años de experiencia en el ejercicio de la profesión como litigante ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, y como asesor y consultor en materias propias del derecho administrativo y electoral, en particular como consultor del Proyecto de Fortalecimiento Democrático de PNUD e IDEA Internacional.

 

En la docencia se ha desempeñado como profesor de pregrado en Derecho Administrativo y de posgrado en Derecho Electoral y, así mismo, como conferencista en diversos eventos de carácter nacional e internacional.

 

Se ha desempeñado igualmente en el servicio público como magistrado auxiliar de la Sección Quinta y como conjuez de las secciones Primera y Quinta del Consejo de Estado, así como miembro del Consejo Nacional Electoral durante el periodo 2002 – 2006, del cual fue su presidente; como Viceministro de Educación Nacional y como gobernador de Norte de Santander.

 

Jurisprudencia destacada

 

Recordamos algunas providencias en las que ha sido ponente el nuevo presidente de esta alta corte.

 

  1. T-815/13: Estándares necesarios y mínimos de dignidad que garanticen los derechos fundamentales de reclusos.

     
  2. C-123/14: Exequibilidad condicionada del desarrollo del proceso por medio del cual se autoriza la realización de actividades de exploración minera, en el entendido que exista acuerdo con las autoridades territoriales sobre medidas de protección al ambiente sano.

     
  3. T-476/14: Mujer transgénero a quien se le niega suscripción de contrato de prestación de servicios por no presentar copia de la libreta militar.

     
  4. SU-108/16: Objeción de conciencia a la prestación del servicio militar obligatorio como derecho fundamental de aplicación inmediata. Alcance y contenido.

     
  5. SU-214/16: Matrimonios civiles entre parejas del mismo sexo celebrados en Colombia, con posterioridad al 20 de junio de 2013, gozan de plena validez jurídica. Efectos ínter pares.

     
  6. T-252/16: Al definir la custodia y cuidado personal sobre hijos menores de edad, el juez de familia incurre en discriminación por orientación sexual al aprobar una cláusula que obstaculiza la convivencia de la madre con su pareja del mismo sexo.

     
  7. C-298/16: Inconstitucionalidad de la facultad en cabeza de la Autoridad Minera Nacional para definir sin límite temporal y espacial áreas reservadas para la minería. Facultad indefinida implica amenaza al ambiente sano y al goce sostenible de los recursos naturales por parte de generaciones futuras.

     
  8. T-100/17: Derecho fundamental al agua potable. Suministro provisional a través de pilas públicas de agua, carro tanques o cualquier otro medio idóneo, cuando se habita en zona de riesgo.

     
  9. T-365/17: Derecho al consentimiento informado para suministro de vacuna contra el virus del papiloma humano.

     
  10. SU-649/17: Acción de tutela contra providencias judiciales proferidas en el curso de una acción popular. Orden de repatriación del tesoro Quimbaya.

     
  11. T-733/17: Protección del medio ambiente y de las comunidades indígenas en poblaciones aledañas a mina de ferroníquel de Cerro Matoso.

     
  12. C-076/18: Revisión de constitucionalidad del Acto Legislativo 05 del 2017, "Por medio del cual se dictan disposiciones para asegurar el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas por parte del Estado".

     
  13. C-028/19: Inconstitucionalidad de la norma que otorgaba un trato jurídico diferenciado e injustificado a las trabajadoras domésticas (el trabajo que sostiene la vida).

     
  14. T-366/19: Igualdad de género en el fútbol. Protección de derechos de niña a participar en torneo de Ponyfútbol

     
  15. T-398/19: La dignidad de las mujeres habitantes de calle en relación con el ciclo menstrual.

     
  16. C-519/19: La eliminación de la discriminación de la mujer en el orden de los apellidos en las familias.

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