Consejo Superior debió examinar respeto al debido proceso a Petro en tutela que interpusieron sus electores: magistrado Osuna (8:49 a.m.)
11 de Marzo de 2014
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Nota:
94569
El magistrado Néstor Osuna se opuso a la decisión del Consejo Superior de la Judicatura de negarle a los electores del alcalde Gustavo Petro la tutela que mantenía suspendida la destitución del mandatario local, debido a que la corporación no verificó que a los afectados se les hubiera respetado el derecho al debido proceso. Pese a que concuerda con la postura vencedora, en el entendido de que los derechos políticos no pueden impedir la labor de control disciplinario a cargo de la Procuraduría contra funcionarios de elección popular, a su juicio, se ha debido tener presente que estas garantías de los votantes no se violan mientras al funcionario sancionado se le hayan respetado los derechos como procesado. Ante el análisis que la Sala hizo de la Sentencia SU-712 del 2013, frente a la cual la Corte Constitucional ratificó la competencia del Procurador para sancionar a funcionarios elegidos, sostuvo que la Sala ha debido acogerla indicando que esta potestad se ajusta al ordenamiento, siempre y cuando se respeten las reglas del debido proceso. Los magistrados Julia Emma Garzón, Angelino Lizcano, Ovidio Claros y Wilson Ruiz aclararon el voto (C. P. Pedro Alonso Sanabria).
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