Consejo Superior aplaza decisión del caso Petro, esta es la ponencia que se discute (3:56 p.m.)
03 de Marzo de 2014
Reproducir
Nota:
94741
Al considerar que se debe ampliar el análisis respecto a la presunta violación de los derechos políticos de los electores del alcalde Gustavo Petro, la Sala Disciplinaria aplazó la discusión sobre el proyecto de fallo que propone negar la acción que mantiene suspendidos los efectos de la destitución que le impuso la Procuraduría al mandatario local. Además, dice, debe concentrarse en ese debate y no analizar otros elementos probatorios. Según la ponencia, los tutelantes están legitimados para reclamar la preservación de sus derechos políticos, pero carecen de legitimación para exigir respeto al debido proceso, en tanto que lo discutido en ese aspecto solo afecta al propio disciplinable y no a sus electores. Sin haber llegado a una conclusión en torno a la parte resolutiva, que sugiere revocar la acción de amparo que concedió el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, la Sala modificó algunas de las consideraciones expuestas en la providencia, al precisar que los derechos a la participación consagrados en el artículo 40 de la Constitución no suponen una limitación para que los funcionarios elegidos no sean investigados y sancionados disciplinariamente, ya que el artículo 277 Superior confiere estas facultades al Procurador; si se reconocieran estos derechos como absolutos, resalta la providencia, se sacrificaría un principio fundante del Estado, la prevalencia del interés general. Añadió que ni el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos y ni las facultades conferidas por el artículo 323 constitucional al Presidente de la República para suspender o destituir al Alcalde del Distrito Capital constituyen obstáculo alguno a la competencia del Ministerio Público (M. P. Pedro Alonso Sanabria).
Opina, Comenta