Consejo de Estado señala parámetros para convalidar títulos obtenidos en el exterior (04:07 p.m.)
04 de Enero de 2013
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Nota:
85774
El Consejo de Estado, mediante su Sección Primera, recordó cuáles son los parámetros para convalidar títulos profesionales obtenidos por nacionales en el extranjero, al señalar que cuando ya se ha emitido un concepto sobre un programa académico en particular, no se puede variar la tesis sobre el mismo con posterioridad. Es decir, que quien exija reconocimiento de un título que ya haya obtenido otro ciudadano que en el pasado solicitó la evaluación, debe obtener el mismo resultado. El alto tribunal sostuvo que el Ministerio de Educación debió aplicar el contenido de la Resolución 5547 del 2005 de esa entidad, para evaluar el reconocimiento del programa, esto es que en dos casos precedentes había reconocido la legitimidad del mismo título obtenido por otros dos requirentes, mientras que, en el caso concreto, lo había negado (M. P. María Elizabeth García).
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