Consejo de Estado revoca nombramiento de Javier Acevedo Beltrán como alcalde de Girón (Santander)
10 de Julio de 2023
La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la decisión discrecional del Gobernador de Santander de designar a Javier Orlando Acevedo Beltrán como alcalde del municipio de Girón, al encontrar que el funcionario no tenía competencia para tomar esa decisión.
La parte demandante sostuvo que el Consejo de Estado declaró la nulidad del acto de elección por voto popular de Carlos Román Ochoa, periodo 2020-2023, decisión que conllevó a la vacancia absoluta del empleo. Por lo anterior, las colectividades que firmaron coalición para inscribir esa candidatura tenían derecho a conformar la terna de la cual el gobernador escogería a uno de los aspirantes para suplir al primer mandatario municipal, de conformidad con los artículos 314 de la Constitución Política y 29, parágrafo 3, de la Ley 1475 del 2011.
Argumentos que la Corporación encontró como ciertos, pues con la expedición del nombramiento se desconoció el derecho de las colectividades a postular los integrantes de la terna para seleccionar a quien sería el alcalde de Girón para lo que resta del periodo constitucional 2020-2023; además, limitó la representatividad democrática que la Constitución y la ley estatutaria reconoce en cabeza de quienes inscriben candidatos.
De modo que no existe discrecionalidad en cabeza del gobernador para designar alcaldes en los casos de faltas absolutas cuando resten menos de 18 meses para terminar el periodo respectivo, dado que la Constitución y la ley le exigen respeto por la voluntad de las colectividades que fueron respaldadas democráticamente (C. P.: Rocío Araújo Oñate).
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