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Consejo de Estado recuerda requisitos para la imputabilidad jurídica a la Nación por difundir información (10:28 a.m.)

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21 de Agosto de 2013

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El Consejo de Estado concluyó que el daño antijurídico a cargo de la administración por difundir información se da solo si incurre en expresas omisiones. Advirtió que no puede predicarse imputabilidad a la Nación si no se demuestra que los datos fueron inexactos, erróneos o incluyeron expresiones ofensivas o injuriosas; si no se generó un perjuicio cierto y si no se distorsionó la imagen pública de quien reclama el resarcimiento. Con estos argumentos, la Sección Tercera negó las pretensiones de un juez que buscaba ser reparado por la Procuraduría, tras la publicación de un comunicado de prensa en el que se le señalaba de defraudar a la Nación y a un grupo de educadores. La corporación encontró que aunque a la fecha de su difusión no se había demostrado la responsabilidad del funcionario en los hechos, posteriormente fue sancionado penalmente (C. P. Hernán Andrade).

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