Consejo de Estado recuerda límites al régimen de transición de empleados del Congreso (4:00 p.m.)
11 de Febrero de 2014
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Nota:
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El manejo no riguroso del régimen de transición, además de la discriminación positiva carente de causa, contribuye a desarticular principios constitucionales básicos para la sostenibilidad del sistema financiero de la seguridad social, lo cual a la postre degenera en la ocurrencia de beneficios pensionales de gracia que a todas luces representan una carga injustificada para todos los ciudadanos que aportan al sistema. Así lo señaló el Consejo de Estado al precisar que el régimen de transición de los empleados del Congreso se constituye en la proyección del status jurídico favorable adquirido, por encontrarse en condición de actividad, lo que permite resguardar las expectativas conforme con una normativa que luego fue retirada del ordenamiento jurídico. El alto tribunal indicó que este régimen no puede prolongarse en el tiempo, de ser así desnaturalizaría la figura e impediría que el régimen de transición ordinario cumpla su misión de unificar el sistema pensional (C.P. Gustavo Eduardo Gómez Aranguren).
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