Consejo de Estado precisa cómo acreditar derecho a deducciones en declaración de renta (8:35 a.m.)
03 de Diciembre de 2014
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Nota:
99023
El Consejo de Estado determinó que la deducción en el pago del impuesto de renta por concepto de arrendamiento de bodegas es válida aunque la prueba haya sido aportada por persona diferente al sujeto pasivo del impuesto. Así, es aplicable el beneficio aunque no sea el propio deudor quien haya aportado las facturas que sustenten el gasto. Ello porque en atención a los artículos 1630 y siguientes del Código Civil es válido el pago realizado por un tercero, aun sin el conocimiento del acreedor. Además, sostuvo que simples comunicaciones de gastos no son suficientes para que el contribuyente del impuesto de renta de la vigencia 2001 se hiciera acreedor a la deducción por importaciones contenida en el artículo 485 del Estatuto Tributario.
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