Consejo de Estado explica por qué no se justifica ninguna actividad que suponga trato cruel para animales (4:21 p.m.)
02 de Diciembre de 2013
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Nota:
93118
Oponiéndose a la realización de cualquier actividad que suponga tratos crueles para animales, el Consejo de Estado concluyó que debe darse un cambio de paradigma similar al que ocurrió frente a la esclavitud y el racismo. Así, determinó que los animales son sujetos de derecho que pueden ser representados en el escenario jurisdiccional por cualquier persona, aunque no tengan una personalidad jurídica o moral. Así, quien los represente podrá hacerlo de manera oficiosa, acudiendo a la acción popular, sin que pueda afirmarse que lo que se debate es un derecho colectivo-subjetivo. Ello porque el literal c) del artículo 4 de la ley 472 de 1998 les reconoce un derecho autónomo y directo. Con estos argumentos, se opuso a la realización de actividades que supongan un trato cruel para las especies, aun cuando estén amparadas en un componente cultural, como ocurrió con la tauromaquia, las peleas de gallos, entre otros espectáculos que, dice, recibieron un amparo legislativo (artículo 7º de la Ley 84 de 1989) y constitucional (Sentencia C-666 del 2010). Para la Sala, es incongruente establecer una prohibición para el uso de animales silvestres en espectáculos circenses (Ley 1638 del 2013) y que se mantenga el amparo a otro tipo de celebraciones en las cuales los animales resultan siendo víctimas de tratos crueles. Bajo esta perspectiva, canceló las licencias que tenían unos laboratorios para el uso de primates en investigaciones relacionadas con la malaria y sostuvo que no se trata de prohibir tales actividades, sino de evitar que a través de ellas se ofrezca un trato cruel y degradante a esta especie (C. P. Enrique Gil).
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