Conciliación deja sin efectos cláusula arbitral: Corte Constitucional (12:00 p.m.)
26 de Junio de 2013
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Nota:
89231
La Corte Constitucional determinó que la conciliación como mecanismo excepcional para resolver diferendos contractuales deja sin competencia a los tribunales de arbitramento. Así, cuando esta jurisdicción decida asumir competencia, aun cuando ya las partes hayan acordado una solución por la vía ya precisada, incurren en un defecto orgánico. Con estos argumentos, la Corte dejó sin efectos la decisión de un tribunal de arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá respecto a un contrato de arrendamiento de un bien que ya había sido restituido por cuenta de una conciliación (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).
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