Competencia de la Contraloría para investigar a magistrados solo podrá ser examinada judicialmente al finalizar proceso fiscal (12:58 p.m.)
29 de Octubre de 2013
Reproducir
Nota:
92438
La Corte Suprema de Justicia determinó que el control judicial a la solución de conflictos de competencia administrativa respecto de investigaciones fiscales solo puede adelantarse una vez esté en firme el acto de finalización del proceso; ello supone que la competencia asignada a la Contraloría para investigar fiscalmente a magistrados solo podrá ser examinada cuando finalice la actuación. A su juicio, la decisión de la Sala de Consulta del Consejo de Estado, que definió un conflicto entre el ente de control y la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara, es un mero acto de trámite, en tanto que no goza de un carácter autónomo, sino dependiente de una actuación administrativa central, cual es la investigación que cursa contra integrantes del Consejo Superior de la Judicatura supuestamente protagonistas del denominado carrusel de pensiones. Sin embargo, indicó que el hecho de que la decisión emitida en dicho incidente no admita ningún recurso no significa el agotamiento de la vía gubernativa como presupuesto para acudir a las acciones contenciosas; al contrario, el cuestionamiento en torno a la legalidad de la solución del conflicto debe ser definido en la eventual demanda contra el acto de finalización de la actuación matriz, el proceso fiscal que adelanta la Contraloría, pues se trata de una de las actuaciones intermedias que la integran, conforme lo ordena el artículo 59 de la Ley 610 del 2000 (M. P. Fernando Castro).
Opina, Comenta