13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

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Como garantía del debido proceso, personas con solicitudes de legalización minera pueden comercializar (11:00 a.m.)

13 de Septiembre de 2013

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Nota:
91272
Las personas con solicitudes de legalización minera pueden comercializar los minerales que explotan, en virtud de las prerrogativas previstas en los artículos 165 de la Ley 685 del 2012 y 12 de la Ley 1382 del 2010, es decir, no habrá lugar a la suspensión de la actividad ni al decomiso del mineral por parte de los alcaldes, así como tampoco al inicio de acciones penales por exploración, extracción o captación de minerales ni por el beneficio, comercio o adquisición de los mismos extraídos de áreas no amparadas por título minero, hasta que la autoridad competente defina. Lo anterior como garantía del debido proceso consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política. Así lo precisó el Ministerio de Minas, en reciente oficio.

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