11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Colegios que imponen patrones estéticos excluyentes a estudiantes violan su derecho al libre desarrollo de la personalidad (4:30 p.m.)

01 de Octubre de 2013

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Nota:
91793
La Corte Constitucional reiteró que los manuales de convivencia de los colegios no pueden obligar a sus estudiantes a seguir un patrón estético excluyente, especialmente el que impide que los hombres conserven el cabello largo. Recalcó que aunque las instituciones educativas pueden establecer restricciones en la materia, no pueden hacerlo al punto de determinar de manera específica la forma en que el alumno deba mantener el cabello, so pena de desconocer la garantía que en su favor impone el artículo 16 de la Constitución, el libre desarrollo de la personalidad. Así se pronunció la corporación en torno al caso de un colegio de Tunja (Boyacá) que mantenía este tipo de limitación en su manual de convivencia, al tiempo que le reprochó el ofrecer incentivos al alumno, como método persuasivo para lograr que este se presentara con el cabello corto (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).

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