Coexistencia de inscripciones como causal de inhabilidad electoral requiere de una inscripción previa (10:45 a.m.)
13 de Diciembre de 2013
Reproducir
Nota:
93898
En un fallo electoral de segunda instancia, el Consejo de Estado recordó que cuando dos familiares aspirantes a un cargo de elección popular se inscriban por el mismo partido político se entiende que el primero en inscribirse nunca se encontrará inhabilitado. Lo anterior obedece a que cuando efectúa su inscripción no se materializan los elementos de la causal, pues ningún familiar suyo está inscrito todavía. De aceptarse una tesis contraria, se desconocería el hecho de que las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deben ceñirse a los postulados de la buena fe. Para concluir, el alto tribunal subrayó que la finalidad perseguida por la causal de inhabilidad es impedir que el poder político se concentre en manos de pocas familias sin que se comprometa el derecho a elegir y ser elegido (C.P. Lucy Jeannette Bermúdez).
Opina, Comenta