12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 7 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Cobro por tarjetas, matrículas o registros profesionales excede facultades del Ministerio de Educación

02 de Agosto de 2021

Reproducir
Nota:
129910
Imagen
Cobro por tarjetas, matrículas o registros profesionales excede facultades del Ministerio de Educación (Freepik)

En Colombia, toda persona tiene la facultad de elegir libremente su profesión u oficio. Corresponde al legislador regular el ejercicio de las distintas profesiones, estableciendo la exigencia de tarjeta, matrícula o registro profesional como acto posterior a la obtención del título universitario.

La competencia del Ministerio de Educación se circunscribe en la etapa formativa, la cual hace referencia a aspectos que legalmente se relacionan con la estructuración, oferta y desarrollo de los programas académicos, estándares de calidad y otorgamiento del título profesional, sin que se extienda en la fase del ejercicio profesional.

Por lo tanto, las funciones concernientes a la expedición y regulación de cobros en virtud de tarjetas, matrículas o registros profesionales se enmarcan en el ejercicio profesional, por lo que exceden el contorno formativo en el que se ciñe la actividad del ministerio.

En lo que se refiere a los requisitos para el ejercicio profesional de los ingenieros, es al Consejo Profesional Nacional de Ingeniería (COPNIA) a quien le compete pronunciarse sobre la forma en la que se están expidiendo las tarjetas de matrícula profesional, en virtud de la normativa que lo reglamenta.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)