Cláusulas de permanencia que impiden terminar contratos de condiciones uniformes están prescritas (3:11 p.m.)
18 de Noviembre de 2015
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Nota:
104292
La prohibición para las empresas de servicios públicos de establecer plazos superiores a dos meses para la terminación del contrato de condiciones uniformes por parte del usuario habilitan a este último para que, en un plazo máximo de dos meses o antes si así lo concibe el término de preaviso del contrato, pueda elevar a solicitud de terminación anticipada o desvinculación al prestador, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Aceptada la solicitud, la empresa no podrá obligar al usuario al cumplimiento del término de vencimiento, pues la normativa prevé la desvinculación como un derecho y, por ende, están prescritas las cláusulas de permanencia sobre el particular. En todo caso, agregó la entidad, es necesario revisar el contrato en cada caso particular.
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