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Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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No es válido cumplir mayoría de edad para cerrar proceso de restablecimiento de derechos

31 de Julio de 2017

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Si bien el Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 del 2006) no reguló específicamente la forma en que debe cerrarse el proceso de atención de menores de edad que ingresan al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, el parágrafo del artículo 11 legitimó a la entidad para definir lineamientos que garanticen sus derechos y tomar medidas de restablecimiento. Así lo explicó un concepto del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). (Lea: Proponen nuevas condiciones para restablecimiento de derechos de menores)

 

En virtud de esta facultad, el ICBF expidió el lineamiento técnico administrativo de ruta de actuaciones para el restablecimiento de derechos de niños y adolescentes con sus derechos inobservados, amenazados o vulnerados. (Lea: En materia de restablecimiento de derechos, defensor de familia no está obligado por el secreto profesional)

 

Dentro de estas pautas fijadas precisó que la autoridad administrativa, luego de resolver la situación jurídica del menor de edad, deberá, con apoyo de su equipo técnico interdisciplinario, hacer seguimiento a las medidas de restablecimiento de derechos. Y, una vez cumplido el término de seguimiento y previa verificación del cumplimiento, procederá al cierre del proceso y a la remisión a la unidad de archivo para la conservación y guarda documental.

 

De igual forma advirtió que si el defensor de familia no definió la situación jurídica del adolescente, el solo hecho de que este haya cumplido la mayoría de edad no es criterio válido para dar cierre al proceso de restablecimiento de derechos, por lo que es deber de la autoridad administrativa adelantar las actuaciones tendientes a definirla.

 

En todo caso, si los términos contemplados en el artículo 100 (cuatro meses, prorrogables por otros dos) están vencidos, el proceso deberá ser remitido al juez de familia por pérdida de competencia. 

 

ICBF, Concepto 5, Ene. 04/17

 

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