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Excepcionalmente, juez de tutela puede decidir sobre el fallo que resuelve custodia y visitas del menor

22 de Marzo de 2018

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De manera excepcional y siempre y cuando se verifiquen rigurosamente las causales generales de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, el juez de tutela puede adoptar decisiones que podrían incidir en la sentencia que resuelve la custodia y las visitas del menor, con el fin de proteger un derecho fundamental, indicó la Corte Constitucional.

 

Adicionalmente, señaló, debe considerarse lo previsto en el inciso tercero del artículo 44 superior, según el cual los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás, en el sentido que los derechos de los adultos deben ceder en esta clase de casos.

 

Por lo tanto, en un proceso de custodia en el que la controversia se centra en un sujeto de especial protección constitucional, lo importante consiste en determinar la manera efectiva de proteger sus derechos.

 

Así las cosas, las autoridades administrativas y los jueces tienen una labor trascendental que no consiste precisamente en determinar quién cede sus derechos, sino la manera de materializar lo previsto en la Constitución, con mayor razón si los padres hacen parte del conflicto, lo crean o lo alientan y el menor no puede responder ni comprender la vulneración (M. P. Alejandro Linares Cantillo).

 

Corte Constitucional, Sentencia T-311, 10/05/17

 

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