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Estado civil de colombianos con doble nacionalidad se rige por la ley nacional

13 de Diciembre de 2011

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Nota:
27623

Cuando el estado civil, la capacidad, los derechos y las obligaciones de familia se pretendan hacer valer en Colombia, los colombianos con doble nacionalidad se someten a la ley nacional, advirtió la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.

 

En un fallo del pasado 8 de noviembre, el alto tribunal aclaró que los colombianos con dos nacionalidades deben acatar las normas del Estado en el que se encuentren.

 

Con estos argumentos,  concedió el exequátur de una sentencia proferida por un juzgado alemán, en la que se declaró que una menor de edad con nacionalidad colombiana y alemana no era hija de un ciudadano alemán que la había reconocido como tal.

 

La corporación indicó que esa decisión no contraría el orden público, sino que, por el contrario, protege el derecho a la personalidad jurídica de la menor, pues le da a conocer su verdadera procedencia genética.

 

El alto tribunal resaltó que los procesos de impugnación de paternidad y sus efectos jurídicos son similares en ambas normativas. Por esa razón, ordenó la inscripción de la sentencia extranjera en el registro civil de la niña, domiciliada en Alemania.

 

(CSJ, S. Civil, Sent. 11001020300020090021900, M. P. William Namén Vargas, nov. 8/11)

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