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En violencia intrafamiliar, comisarios deben dictar medidas provisionales en menos de cuatro horas

08 de Marzo de 2013

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Nota:
24703

La ministra de Justicia, Ruth Stella Correa, recordó que los comisarios de familia deben dictar, en menos de cuatro horas, medidas de precaución provisionales, en casos de violencia intrafamiliar.

 

Además, indicó que las víctimas pueden denunciar los casos de negligencia por parte de las comisarías de familia ante la Defensoría del Pueblo, las personerías, la Procuraduría General de la Nación y ONG.

 

Correa advirtió que los 1.217 comisarios de familia del país deben cumplir a cabalidad sus funciones jurisdiccionales, y recordó que tienen la facultad de desalojar al agresor de su casa, multarlo y pedir su arresto, si incumple las medidas de protección.

 

“La intimidación, el temor invencible, la ignorancia, la pobreza, el analfabetismo, las distancias geográficas, la ocurrencia de hechos violentos en zonas rurales, se constituyen en barreras para la atención. Por lo tanto, resulta de vital importancia que los comisarios de familia comprendan la gravedad de estas formas de violencia y estén debidamente capacitados para atender a las víctimas”, sostuvo la ministra.

 

Obligaciones de las comisarías

 

1. Dictar medidas provisionales en menos de cuatro horas: en casos de urgencia, los comisarios de familia deben actuar con celeridad. Entre las medidas provisionales que pueden dictar, está el desalojo del agresor, mantenerlo aislado de su familia, prohibirle esconder o trasladar a niños y personas con discapacidad. Además, podrá ordenar que el victimario se someta a un tratamiento terapéutico y que asuma el costo de la asesoría jurídica del caso.

 

2. En máximo 10 días, convocar a audiencia: los comisarios de familia tienen entre 5 y 10 días para convocar a una audiencia con el fin de resolver el conflicto. En este caso, deben tener en cuenta que la víctima de violencia intrafamiliar no está obligada a conciliar o a enfrentarse cara a cara con su agresor.

 

3. Sanción al incumplimiento: los comisarios pueden imponer multas en caso de que el agresor incumpla las medidas de protección ordenadas. Si la conducta es reiterativa, pueden ordenar un arresto de entre 30 y 45 días.

 

4. Seguimiento: los lineamientos expedidos por el Ministerio de Justicia proponen un sistema de seguimiento para que los casos que lleguen a los comisarios de familia tengan una solución inmediata.

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