Cédula de extranjería será el único documento de identificación para diplomáticos acreditados ante el Gobierno colombiano (8:00 a.m.)
25 de Febrero de 2020
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Así lo estableció el Decreto 244, del 19 de febrero del 2020, expedido por el Gobierno y que entró a regir esta semana. La norma establece que “los titulares con visa preferencial en adelante se identificarán en el territorio nacional solo con la cédula de extranjería”, tramitada ante la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia. La norma señala que los carnés diplomáticos que actualmente son expedidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores para estas personas “han perdido validez ante las entidades públicas y privadas colombianas por los avances tecnológicos”. Esta situación, agrega el decreto, ha obstaculizado los trámites ante el sistema financiero, comercial y educativo que necesitan realizar los extranjeros acreditados ante el Gobierno colombiano. De esa forma, el Ejecutivo elimina el carné diplomático como único documento de identidad de los agentes diplomáticos y funcionarios internacionales con el fin de “garantizar el reconocimiento ágil de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones de los extranjeros en nuestro país”, indica la norma, la cual modifica dos artículos del Decreto 1067 del 2015, que reglamenta las funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores.
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