‘Carrobomba´ contra estación de Policía de El Poblado en 1990 generó responsabilidad estatal a título de daño especial (8:00 a.m.)
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25 de Noviembre de 2014
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Al condenar a la Nación por un atentado perpetrado en el sector de El Poblado, en Medellín (Antioquia), en 1990, el Consejo de Estado sostuvo que el rompimiento de las cargas que normalmente debe soportar la ciudadanía respecto a la acción legítima de las autoridades da lugar al daño especial. Así las cosas, cuando se produzcan atentados contra las instalaciones de fuerzas armadas o de Policía y por cuenta de ellos se genere perjuicio para terceros, a pesar de no comprobarse falla en el servicio, la administración debe asumir la responsabilidad patrimonial del daño antijurídico. En este caso, dice, no fue la actuación del Estado la que generó el riesgo y tampoco se evidencia en ella una labor omisiva, pues, al contrario, garantizaron los controles necesarios en aras a mantener la seguridad en el sector (C. P. Jaime Orlando Santofimio).
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