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Noticias / General


Avanza en la Cámara reforma al Código Nacional de Tránsito (2:18 p.m.)

29 de Junio de 2016

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Nota:
124908
El proyecto de ley modificatorio de la Ley 769 del 2002 (Código de Tránsito) prohibiría que dentro de los convenios celebrados entre la Dirección General de la Policía y la policía urbana de tránsito se establezcan cuotas o número mínimo de comparendos. También prohíbe el establecimiento de zonas de espacio público de prohibición permanentes, salvo por razones de seguridad debidamente justificadas; en todos los demás eventos, la señalización deberá indicar los días y horas en los cuales no opera la prohibición. Por otra parte, y tratándose de infracciones subsanables, la autoridad de transito tendrá la obligación de conceder un plazo de un hora para que la persona pueda remediar la falta. Si el agente de tránsito no concede el término antes señalado y ordena la inmovilización del vehículo responderá penal y disciplinariamente por el abuso de autoridad y patrimonialmente por los perjuicios ocasionados al propietario o poseedor del vehículo. Por último, la iniciativa describe el procedimiento aplicable para el pago o replica de los comparendos impuestos por autoridad competente, así como también señala que en los casos en que la infracción fuere detectada por medios tecnológicos que permitan comprobar la identidad del vehículo o del conductor, el soporte de la comisión de la infracción se remitirá a la dirección registrada del último propietario del vehículo, para iniciar el trámite administrativo sancionatorio correspondiente. El proyecto pasa a estudio de la plenaria de la Cámara de Representantes, en segundo debate.

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