Auxilio de calamidad doméstica podría ser reconocido por las ESE, si se incluye en programas de bienestar social (8:00 a.m.)
24 de Octubre de 2013
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Nota:
92571
Teniendo en cuenta que el auxilio de calamidad doméstica no es una prestación legal que deba ser reconocida por las empresas sociales del Estado (ESE) a sus funcionarios, el mismo no podría pagarse con cargo al presupuesto de la entidad, en principio, pues no se trataría de una obligación cierta, expresa y exigible, indicó la Contraloría General de la República. Sin embargo, el beneficio puede convertirse en una obligación, si como consecuencia de una convención colectiva o de la iniciativa de los funcionarios se incluye en los programas de bienestar social. En este caso, se imputaría al presupuesto de estos programas.
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