Auto que decreta pruebas sí es susceptible de apelación: Corte Suprema (11:00 a.m.)
07 de Junio de 2013
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Nota:
88801
La Corte Suprema de Justicia manifestó que el auto que decreta pruebas para la audiencia de juicio oral es susceptible de ser apelado. Su determinación viene de una interpretación según la cual, en el sistema adversarial, son las partes las que deben tener el pleno conocimiento de las herramientas con las que el juez toma la decisión más trascendental del proceso. En contraste, dice la Sala Penal, en el sistema mixto el juez podía construir su propia perspectiva respecto al objeto del juicio, lo que le otorgaba control también sobre la acusación y sobre la iniciativa probatoria; esto impedía atacar las decisiones en torno a la pruebas, salvo aquellas que fueran rechazadas. Así las cosas, para el alto tribunal, es viable impugnar también la orden de descubrir algunos de los elementos probatorios. La sala aclaró que la impugnación solo puede ser elevada por el sujeto procesal que en la audiencia preparatoria se pronuncie respecto a la viabilidad o no de la práctica de la prueba objeto de controversia (M. P. Leonidas Bustos).
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