Aunque no concedió acción popular, Consejo de Estado emite órdenes a entidad de explotación y transporte de materiales de construcción (2:30 p.m.)
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30 de Enero de 2014
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Se deben evaluar, antes y después, las condiciones de la ejecución de un proyecto para determinar la interrupción del desarrollo sostenible y la posible afectación de las especies animales y vegetales, señaló el Consejo de Estado en una acción popular. Aunque en el caso concreto encontró que la licencia y concesión otorgada a la Fundación del Oriente Colombiano (Fundeoriente) para la exploración, explotación, beneficio y transporte interno de materiales de construcción en el área establecida en el respectivo contrato de concesión minera, que se ubica sobre el cauce del río Cravo Norte, no ha vulnerado los derechos colectivos invocados por el actor, emitió una serie de órdenes a esa institución, dentro de la que se encuentra la de implementar métodos de explotación que no alteren las condiciones de la dinámica fluvial y no generen procesos erosivos (C.P. María Elizabeth García González).
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