Aunque compraventa de automotores es consensual, su eficacia depende del registro (9:35 a.m.)
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24 de Abril de 2013
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A pesar de que la compraventa de automotores es un contrato consensual, su eficacia depende de su inscripción en el respectivo registro, pues este acto es el modo de transmitir la propiedad. Así lo reiteró la Sección Tercera del Consejo de Estado, al advertir que ese registro tiene naturaleza constitutiva y no solo un propósito de publicidad. Por ende, la existencia del negocio jurídico que afecta un derecho real sobre un vehículo debe probarse con el título y el modo, concluyó (C. P. Hernán Andrade).
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