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Así se regularía la aplicación de acuerdos comerciales para importación de mercancías remanufacturadas (3:16 p.m.)

09 de Enero de 2015

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Nota:
98385
La DIAN publicó un proyecto de resolución que establece la aplicación de las disposiciones para la importación de mercancías remanufacturadas al amparo de los acuerdos de libre comercio (TLC) suscritos por Colombia con EE UU, Canadá y los Estados AELC (Suiza, Islandia, Noruega y Liechtenstein). Estas mercancías tendrían que ser clasificadas por los capítulos o subpartidas del Arancel de Aduanas a los que hacen referencia los TLC, y serían del régimen de libre importación, de conformidad con el parágrafo 2º del artículo 14 del Decreto 925 del 2013. Igualmente, planteó las condiciones que deberían cumplir las mercancías en el momento de la importación y los requisitos específicos que se tendrían que acreditar ante la autoridad aduanera en dicho proceso. La DIAN recibirá comentarios y sugerencias sobre la iniciativa hasta el 24 de enero, al correo electrónico subdir_comercio_exterior@dian.gov.co.

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