Así se realizará el registro de las tarifas de la revisión técnicomecánica (9:33 a.m.)
22 de Agosto de 2016
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Nota:
124077
La Superintendencia de Puertos y Transporte definió el procedimiento que deberán cumplir los centros de diagnóstico automotor para el registro de las tarifas del servicio. El registro deberá realizarse a través del operador del sistemas de control y vigilancia escogido por cada CDA, a través del cual se controlará que las mismas se encuentren dentro de los parámetros establecidos por el Ministerio de Transporte. Cada centro deberá reportar la información cumpliendo las siguientes condiciones: descargar el formato definido y enviar la información a los siguientes correos electrónicos, según corresponda: cda@ci2.co y sicovindra@indracompany.com. También, se advierte que la modificación de la tarifa solo podrá realizarse de acuerdo a la temporalidad estipulada por el ministerio y que no se recibirán más reportes a través de otros medios (ventanilla de radicación, correo electrónico u otros). Para los CDA que no realicen el reporte de la forma establecida, se les crearán las tarifas que han sido reportadas a través de cualquier medio a esta entidad y solo podrán modificarse de acuerdo a lo antes determinado.
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