Así funcionarán los esquemas asociativos territoriales
06 de Septiembre de 2021
El Ministerio del Interior fijó las reglas para la conformación, funcionamiento, dirección, administración y liquidación de los esquemas asociativos territoriales (EAT), a los que hacen referencia los artículos 9º y 10 de la Ley 1454 del 2011. Igualmente, determinó los requisitos, condiciones y procedimiento para la inscripción en el registro de dichos esquemas y para la presentación de proyectos de inversión susceptibles de financiación a través de los recursos del Sistema General de Regalías (SGR) ante los OCAD o ante los responsables designados para tal fin por la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 249 de la Ley 1955 del 2019, promoviendo economías de escala y alianzas estratégicas para la equidad, el equilibrio y la funcionalidad territorial.
Así mismo, la norma reglamenta la concurrencia entre entidades territoriales para la financiación de iniciativas de gasto en diferentes jurisdicciones, estableciendo los requisitos y mecanismos para materializar alternativas de cooperación flexible entre entidades territoriales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º de la Ley 1454 del 2011 y 251 de la Ley 1955 del 2019, respectivamente.
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