Ante ajustes en el régimen de encaje de los establecimientos de crédito, Superfinanciera hace modificaciones a formatos (8:35 a.m.)
12 de Febrero de 2015
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Nota:
99809
Teniendo en cuenta las modificaciones a la Circular Reglamentaria Externa DODM – 147 expedida por el Banco de la República, mediante las cuales se establecieron las disposiciones normativas que se deben tener en cuenta para calcular el encaje requerido de los establecimientos de crédito, se requiere efectuar algunos ajustes a los formatos de la referencia. Así las cosas, la Superintendencia Financiera acaba de modificar los siguientes formatos e instructivos: 443 – NIIF (proforma F.1000-119) “Declaración del encaje en moneda legal y el 460 – NIIF (Proforma F.1000-127) “Exigibilidades Finagro”, los cuales aplican para las entidades que hacen parte del grupo 1, que están cumpliendo con las NIIF desde el 1º de enero del 2015. Las reformas al Formato 443 aplican para el periodo requerido desde el miércoles 31 de diciembre del 2014 al martes 13 de enero del 2015, y disponible del miércoles 21 de enero al martes 3 de febrero del 2015, con fecha de transmisión inicialmente prevista para el martes 10 de febrero. Entonces, ante el ajuste realizado, se amplía el plazo de transmisión hasta el martes 17 de febrero; las demás fechas del calendario se mantienen vigentes. Para el Formato 460 – NIIF (Proforma F.1000-127) aplican desde el primer trimestre del 2015.
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