ANM expide criterios para elaborar y ejecutar planes de gestión social (11:01 a.m.)
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02 de Septiembre de 2016
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La Agencia Nacional de Minería fijó los criterios para la elaboración, evaluación y ejecución de los planes de gestión social (PGS), según lo establecido por la Ley 1753 del 2015. El plan se compone de dos etapas: la primera comprende la comunicación y divulgación a los grupos de interés de las actividades e inversiones a desarrollar por parte del titular minero, durante la etapa de exploración. La segunda incluye la presentación y posterior ejecución del mismo. El plan deberá estar alineado con las condiciones y requisitos establecidos en los términos de referencia solicitados para el manejo, seguimiento y monitoreo del componente del medio socioeconómico del plan de manejo ambiental (PMA). La norma señala los aspectos que debe contener, de acuerdo a la clasificación de la minería que establezca el Ministerio de Minas. Es válido decir que el PGS es un instrumento de gestión sistemática, ordenada e integral que consolida los programas, proyectos y actividades que desarrolla un concesionario minero para prevenir, mitigar y atender los riesgos sociales generados por el desarrollo del proyecto.
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