Amplían vigencia de autorización del registro inicial otorgado por Mintransporte (3:21 p.m.)
11 de Agosto de 2015
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Nota:
103722
La autorización del registro inicial de vehículos de transporte terrestre automotor de carga que expida el Ministerio de Transporte tendrá una vigencia de seis meses, según lo dispuso la cartera en la Resolución 2645. De manera excepcional y por circunstancias debidamente comprobadas y justificadas, dicho plazo podrá prorrogarse a solicitud de parte del usuario, por una vez y por un término no mayor a tres meses. De otra parte, agregó que las autorizaciones que se encuentren vencidas cobrarán vigencia por el término de tres meses. Según explica el ministerio, es necesario extender el plazo establecido toda vez que varios usuarios, por diferentes circunstancias y a pesar de haber agotado el procedimiento, cumplido con los requisitos fijados en la Resolución 7036 del 2012 y obtenido la respectiva autorización para poder realizar el registro inicial de un vehículo de transporte de carga nuevo, no logran dentro de ese plazo establecido materializar su derecho.
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