Regulan condiciones ambientales del proceso de desintegración vehicular (8:18 a.m.)
23 de Julio de 2015
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Nota:
102063
El Ministerio de Ambiente acaba de reglamentar las condiciones y requisitos ambientales que las entidades desintegradoras o centros de tratamiento de vehículos al final de su vida útil deben cumplir para desarrollar el proceso de desintegración. Esta regulación se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa ambiental vigente, en especial la relativa a las normas de emisiones atmosféricas, ruido, vertimientos líquidos, residuos peligrosos, residuos no peligrosos y residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (Raee), entre otras. Dentro de las condiciones y requisitos para solicitar la certificación ambiental que autorice a realizar dicha actividad están presentar el plan de desintegración, los planos y descripción técnica de las instalaciones en las que se pretende realizar la labor, las cuales deben estar identificadas y delimitadas; contar con un piso que tenga la resistencia mecánica necesaria para soportar el peso y movimiento de los vehículos y el almacenaje y traslado de los residuos obtenidos y estar provistas de sistemas de drenaje cerrado y trampas de grasas y sedimentos. Las entidades desintegradoras tendrán un plazo de un año para obtener la certificación que autorice la actividad.
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