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Predios entregados por el Estado a víctimas de desplazamiento forzado deben ser productivos (2:16 p.m.)

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22 de Octubre de 2019

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Según la Corte Constitucional, no es suficiente que el Estado entregue un predio a la víctima de desplazamiento forzado para que se entiendan satisfechas sus obligaciones en materia de estabilización socioeconómica, puesto que las autoridades involucradas deben asegurar que los inmuebles que sean otorgados cumplan con condiciones de vocación productiva, de tal forma que puedan satisfacer sus derechos fundamentales comprometidos, como lo son el derecho a la vida y a la vivienda digna y al mínimo vital. Con este argumento, el alto tribunal sustentó la orden proferida a la Agencia Nacional de Tierras, dirigida a realizar una nueva adjudicación, en favor del accionante, de un subsidio para la compra de un terreno en el cual pueda ejercer un proyecto productivo (M. P. Luis Guillermo Guerrero).

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