Precisan que el Director de la ANLA carece de competencia en materia de regulación ambiental (8:10 a.m.)
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09 de Junio de 2016
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Un auto del magistrado Roberto Augusto Serrato aclaró que el Director General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) carece de competencia en materia de regulación ambiental. Así mismo, agregó que no cuenta con la atribución para definir normativamente las actividades consideradas modificaciones menores de las licencias ambientales o los planes de manejo ambiental. En efecto, la decisión aclara que su potestad, de conformidad en el numeral 6° del artículo 3° del Decreto Ley 3573 del 2011, está limitada a apoyar la elaboración de la reglamentación ambiental. Finalmente, el magistrado enfatizó que es al Ministerio de Ambiente al que le compete dictar las normas ambientales a las que deben someterse las actividades mineras e industriales, entre las que se encuentran las relacionadas con la de extracción y explotación de hidrocarburos y la de producción de energía (C.P. Roberto Augusto Serrato).
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