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A penúltimo debate va reglamentación de uso medicinal de la marihuana (8:34 a.m.)

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28 de Abril de 2016

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El Acto Legislativo 02 del 2009 permitió el porte y consumo de estupefacientes con prescripción médica, ello quiere decir que este tipo de sustancias puede ser usado bajo la orden y supervisión del médico tratante. Como consecuencia de ello se radicó en el Senado un proyecto que regularía todo lo pertinente para el consumo medicinal de cannabis. De acuerdo al texto, cannabis es cualquier planta que contenga tetrahidrocannabinol (THC), incluida la marihuana, independientemente de su porcentaje. El proyecto contempla la creación de un marco regulatorio que permita el acceso seguro e informado al uso médico y científico del cannabis dentro del territorio nacional. Adicionalmente, se deja bajo la responsabilidad exclusiva del Estado el control y la regulación de las actividades de importación, exportación, plantación, cultivo, producción, adquisición, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución, uso y posesión del cannabis, incluyendo sus semillas y derivados. El Ministerio de Salud y Protección Social contaría con un plazo máximo de dos años desde la sanción de la ley para establecer la reglamentación correspondiente. Por otra parte, si el paciente es menor de edad, el médico tratante deberá informar a los padres o tutores sobre los riesgos o beneficios del uso de esta sustancia, antes de autorizar o negar la utilización de productos terapéuticos con componentes psicoactivos. Vale mencionar que el Ministerio de Salud expidió el Decreto 2467 del 2015, que regula el cultivo y la producción de la marihuana con fines medicinales. La iniciativa ya cuenta con ponencia positiva para tercer debate en la Cámara de Representantes.

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