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Intereses de comunidades indígenas no deben descartarse por encontrarse fuera de proyecto minero

El Consejo de Estado ratificó la suspensión provisional de la licencia ambiental otorgada a la sociedad Carbones del Cerrejón para desviar el cauce del Arroyo Bruno, en Albania, Guajira. Se ordena adelantar un proceso de consulta previa.
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16 de Enero de 2017

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A través de un fallo de tutela, la Sección Cuarta del Consejo de Estado ratificó la suspensión provisional de la licencia ambiental otorgada a la sociedad Carbones del Cerrejón para desviar el cauce del Arroyo Bruno, en Albania, Guajira.

 

Así mismo, le ordena, junto con el Gobierno Nacional, adelantar un proceso de consulta previa con la comunidad Wayú que reside en este territorio.

 

En consecuencia, la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales y la empresa minera deberán concertar con el grupo indígena La Horqueta para seguir adelante con los trabajos de excavación.

 

Según reseña el amparo, la posible afectación de los intereses de esta comunidad no debía descartarse por el simple hecho de que esta se encontrara asentada fuera del área de influencia del proyecto. 

 

“Las autoridades y la empresa demandas debieron valorar el posible impacto al significado ancestral de los terrenos en controversia, la contaminación ambiental que genera la explotación de carbón a cielo abierto y la crisis que vive La Guajira por falta de agua”, concluyó la Sala (C.P. Martha Teresa Briceño).

 

Consejo de Estado Sección Cuarta, Sentencia 44001233300020160007901, 10/13/16

 

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