Fijan medidas sanitarias para el control y erradicación de la tuberculosis bovina (8:01 a.m.)
27 de Diciembre de 2017
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Nota:
58975
El ICA adoptó medidas sanitarias para el control y erradicación de la tuberculosis bovina en las especies bovina y bufalina en Colombia y los requisitos para la certificación de predio libre de dicha enfermedad. La presencia de la tuberculosis se definirá mediante las siguientes pruebas contempladas dentro del Programa de Control y Erradicación: (i) Hipersensibilidad retardada (Prueba Ano-Caudal, Cervical Comparativa y Prueba Cervical Simple) y (ii) Otras pruebas que determine el ICA. El propietario de los animales que resulten positivos tendrá derecho a recibir indemnización, previo cumplimiento de los requisitos establecidos, el monto estará de acuerdo con las características del animal (raza, sexo, edad, potencial de producción, condiciones fisiológicas y valor genético) y será equivalente al 60 % del valor comercial del bovino o bufalino a beneficiar, sin exceder la suma de tres salarios mínimos mensuales vigentes, de acuerdo con lo previsto en la Resolución 0043 del 18 de febrero del 2002, expedida por el Ministerio de Agricultura.
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